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Esta ayuda que no mucha gente conoce, pero sobre la que convendría estar más informado, toda ayuda es bienvenida para hacer frente a los gastos de un funeral. Desde aquí intentaremos darte todos los detalles sobre esta ayuda, que aunque sea pequeña, llegado el momento se valora como es debido, especialmente cuando el gasto es tan elevado como es el de un sepelio.
Es una pequeña prestación económica y no contributiva que ofrece el Estado a los personas que se hayan encargado de los gastos del sepelio de un fallecido.
Siendo los beneficiarios normalmente: cónyuge del fallecido, sobreviviente de una pareja de hecho, hijos convivientes del fallecido o familiares que convivieran con él. Esto lo interpreta así la Seguridad Social, así que en caso de no tener una de estas relaciones con el fallecido, se debe acreditar el haber pagado el funeral.
Se trata de una prestación cuyo importe es de 46,50€, pagaderos en un único pago. Al menos a fecha de 2023 y 2024.
Se trata de una ayuda que da el Estado, encuadrada en su paquete de prestaciones por fallecimiento, junto a la pensión de viudedad, de orfandad o el subsidio para familiares.
No es que esta ayuda vaya a servir de gran apoyo económico, ya que un funeral básico puede salir por 3.000€ como mínimo.
Se considera que es un cantidad que estaba bien, pero que se ha quedado desfasada, teniendo en cuenta el incremento general de precio en la
vida.
Esta prestación se cobra en una sola cuota, un único ingreso es lo que se realizará, y se trata de una ayuda de 46,50 euros.
Si quieres conseguir este auxilio por defunción, primero hay que cumplir algunos requisitos, el fallecido debía estar una de las siguientes situaciones:
Para poder solicitar el auxilio por defunción tendrás que tener preparados y entregar los siguientes documentos:
Si no cuentas con un seguro de decesos que haga estos trámites por ti, esta solicitud la podrás realizar por una de las siguientes vías:
A partir de la entrega de toda la documentación, el Estado tiene un plazo de 90 días para la resolución del expediente, aunque el tiempo medio para las tramitaciones del auxilio por defunción ahora se sitúa en 13 días, nada más.
El tiempo que permite la Ley para solicitar el auxilio por defunción desde el fallecimiento es de 5 años.
Otra ventaja de esta prestación es que se encuentra exenta del pago del IRPF en la Declaración de la Renta.
Y el pago es único, por lo que no tiene ninguna duración esta prestación, se trata de una ayuda puntual para afrontar o minimizar los gastos que supone un funeral.
Por otro lado, la Seguridad Social tiene un plazo de 90 días para efectuar el pago de esta prestación, aunque suele resolver estos expedientes en un plazo de 13 días.
MUFACE también ofrece una ayuda en caso de fallecimiento de uno de sus mutualistas, para asistir, de alguna manera, a sus familiares y seres queridos, es el subsidio por defunción. Además, el importe de la prestación del subsidio por defunción es bastante mayor si se trata de MUFACE, los familiares pueden solicitar esta ayuda, que tiene estas reglas:
Siendo el importe mínimo 751,28€
Aquí puedes ver más información sobre las ayudas al sepelio de MUFACE.
Si quieres que alguien haga estos trámites por ti, que pida estas ayudas sin que tengas que hacer ningún esfuerzo, el seguro de decesos puede hacer todos esos procesos, gestiones y trámites y además hechos por gente especializada en esos temas.
Además de contar con un asesor personalizado para conseguir todas estas ventajas, sin necesidad de buscar toda la información ni pedirlo. Y no solo se encargarán de esta prestación, si no que te ayudan en todas las gestiones y trámites.
En nuestro comparador de seguros de decesos puedes ver las coberturas administrativas y de asesoramiento que ofrece cada aseguradora, y ver si incluyen la gestión de la prestación de auxilio por defunción. Y para cualquier duda más sobre requisitos, cuantía, tiempos sobre esta prestación, no dudes en contactar con nuestros asesores.
Además de este auxilio por defunción, los ciudadanos pueden reclamar otros ingresos al Estado, como:
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