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El usufructo es un derecho real que permite a una persona utilizar y disfrutar de un bien ajeno, sin ser propietario del mismo. Este derecho puede ser de diferente naturaleza, como el usufructo vitalicio o el usufructo universal. En este artículo, analizaremos las diferencias entre el usufructo vitalicio y el usufructo universal.
El usufructo vitalicio es un derecho que se concede a una persona para que disfrute de los bienes de otra persona durante toda su vida, sin poder disponer de ellos. Es decir, la persona que tiene el usufructo vitalicio tiene el derecho de usar y disfrutar de los bienes, pero no puede venderlos ni cederlos a otra persona, no tiene ese poder a ojos de la ley.
Este derecho puede ser otorgado por el dueño de los bienes o por una ley. Al fallecimiento del usufructuario, los bienes pasan a ser propiedad de los herederos del dueño original.
El usufructo vitalicio es un derecho de uso y disfrute de un bien o propiedad que se otorga a una persona durante toda su vida. Es decir, la persona usufructuaria tiene el derecho de utilizar y obtener los beneficios del bien hasta que fallezca. El Código Civil en su artículo 467 lo define como
“El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa.”Es decir, también se obliga al usufructuario a mantener en buenas condiciones el bien del que esté disfrutando, normalmente, una vivienda.
Para calcular el usufructo vitalicio, se necesita conocer el valor del bien o propiedad en cuestión y la edad de la persona que recibirá el usufructo.
Pero, por aclararlo, el valor del usufructo vitalicio es del 70% del valor de la vivienda, por ejemplo, cuando la persona tiene menos de 20 años. A partir de esa edad se resta un 1% por cada año que cumpla. El 70% es el valor máximo que va a tener esa vivienda y lo mínimo es un 10%.
Por eso, se aplica la conocida como regla del 89, porque cuando el usufructuario alcanza los 79 años es cuando se llega a ese 10% mínimo del valor. La regla funciona así:
El usufructo universal (o temporal) es un derecho que se confiere a una persona para el uso y disfrute de todos los bienes de una herencia o patrimonio durante un período determinado de tiempo. Se otorga a una persona para disfrutar de todos los bienes de una herencia o patrimonio, sin tener la propiedad de los mismos, El usufructo universal puede ser otorgado por testamento o por acuerdo entre las partes involucradas.
Es decir, el usufructuario tiene el derecho de usar, gozar y disponer de los bienes, pero no puede venderlos o transferirlos a terceros. Este tipo de usufructo se otorga por un tiempo específico y concretado previamente, que puede ser revocado en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas.
Esto significa que el usufructuario tiene el derecho de utilizar y disfrutar de todos los bienes, ya sean inmuebles, muebles, dinero, acciones, entre otros, sin tener que dividirlos con los demás herederos.
El usufructo vitalicio se refiere a un derecho de uso y disfrute de un bien o propiedad por parte de una persona durante toda su vida, mientras que el usufructo universal se refiere a un derecho de uso y disfrute de todos los bienes y propiedades de una persona durante un período determinado de tiempo.
En otras palabras, el usufructo vitalicio se aplica a un bien o propiedad específico, mientras que el usufructo universal se aplica a todos los bienes y propiedades de una persona.
Por otro lado, el usufructo universal es un derecho de uso y disfrute de todos los bienes o propiedades que una persona posee. En este caso, la persona usufructuaria tiene el derecho de utilizar y obtener los beneficios de todos los bienes del propietario hasta que finalice el usufructo.
En resumen, la principal diferencia entre ambos tipos de usufructo es que el vitalicio se extingue cuando el usufructuario fallece, mientras que el universal tiene una temporalidad fijada.
Otros conceptos que se confunden mucho son estos, los de usufructo y nuda propiedad, porque aunque ambos tengan que ver con el uso y disfrute de una propiedad, su sentido es contrario.
Por el otro lado, el nudo propietario es el que tiene la propiedad del bien, pero que no tiene el derecho a disfrutarlo, mientras haya un usufructo.
Un caso común, es el de una vivienda, el nudo propietario tiene la propiedad, pero no vivir en esa casa hasta que el usufructo termine, bien por fallecimiento del usufructuario o porque termina un contrato.
El usufructo es el derecho que tiene una persona, el usufructuario, a usar y disfrutar de un bien, sin ser propietario de ese bien.
El usufructuario puede vivir en una casa de la que no es el nudo propietario, alquilarla o sacar beneficios de ella, pero no puede venderla ni realizar cambios permanentes.
La diferencia principal está en que el usufructuario tiene el uso y disfrute, y el nudo propietario no tiene el uso y disfrute, mientras haya un usufructuario. Y el nudo propietario tiene la propiedad, mientras que el usufructuario no puede decidir sobre la propiedad.
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