Permiso retribuido por fallecimiento: Cuántos Días Corresponden en 2025

El fallecimiento de un familiar es un momento difícil, y muchos trabajadores se preguntan cuántos días de permiso por fallecimiento les corresponden según la ley.

En este artículo te explicamos todo sobre el permiso por fallecimiento en España, incluyendo: Cuántos días de permiso hay por fallecimiento de un familiar, qué pasa con el tercer grado de consanguinidad, cómo solicitar el permiso correctamente y qué dice la ley sobre las parejas de hecho y el Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué es un permiso retribuido?

Un permiso retribuido es un derecho laboral que permite al trabajador ausentarse del trabajo sin que esto afecte a su salario.
Algunos permisos retribuidos comunes son:

  • Permiso por matrimonio (15 días)
  • Permiso por mudanza (1 día)
  • Permiso por nacimiento de hijo (2 días, ampliable a 4 con desplazamiento)
  • Permiso por fallecimiento de un familiar (2 a 4 días)

Días de permiso por fallecimiento según la ley

El permiso retribuido por fallecimiento, que es el que nos ocupa, se refiere a los días que puede un trabajador ausentarse de su lugar de trabajo por el fallecimiento de un familiar. Entendiendo estos días como los necesarios para sobrellevar el golpe y poner orden en los trámites que suceden a un fallecimiento, proceso para el cual te puede ayudar un seguro de decesos.

Este es un derecho del trabajador al que no se puede negar la empresa, en el momento que se solicite y se dirime en el Estatuto General de los Trabajadores, en concreto en su artículo 37.3

“El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente” “Dos días por el fallecimiento…de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días”

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¿Cuándo se puede disfrutar del permiso por fallecimiento?

Todo esto significa que se pueden faltar 2 días al trabajo incluyendo el día de la notificación, si el fallecimiento se produce hoy, cuentas con ese día y el siguiente, pasado mañana ya deberías estar reincorporado a tu puesto de trabajo. Excepto, si como dice el Estatuto, el fallecimiento se produce fuera de la localidad de residencia, en ese caso el trabajador tendrá 4 días de permiso retribuido, sin importar si el desplazamiento es a otra Comunidad, ciudad o país, siempre son 4 días y siempre se dice que son naturales.

Y en lo que se refiere al grado de consanguinidad, el segundo grado hace referencia a hijos, marido o mujer, hermanos, abuelos, cuñados, nietos, padres o suegros.

Hasta hace solo 2 años el permiso empezaba el día del fallecimiento, fuera este en día laborable o no, pero una sentencia del Tribunal Supremo en 2020 determinó que los días por fallecimiento con los que cuenta el trabajador dan comienzo con el primer día laborable que corresponda.
Por ejemplo, si el fallecimiento ocurre un sábado, los días se empezarían a descontar el lunes, o si la jornada laboral acaba a las 18:00 y el suceso ocurre a las 20:00, los dos días de permiso empezarían el día siguiente.

¿Cómo solicitar el permiso correctamente?

Para evitar problemas con la empresa, sigue estos pasos:

  • Solicita el permiso lo antes posible: Mejor por escrito (email o carta).
  • Aporta un justificante del fallecimiento (puede ser del tanatorio).
  • Confirma si hay desplazamiento, ya que en ese caso el permiso es de 4 días.

¿Aplica el permiso por fallecimiento familiar de tercer grado? ¿Quiénes tienen derecho a permiso por muerte de un familiar?

No. La ley solo reconoce el permiso retribuido por fallecimiento para familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Como hemos dicho, el permiso retribuido solo es un derecho cuando el fallecimiento es de primer o segundo grado de consanguinidad, aquí te dejamos más claramente los grados de parentesco, el tercer y cuarto grado no suponen, por ley, ningún permiso:

  • Primer grado de consanguinidad: cónyuges, padres e hijos (naturales y adoptivos).
  • Segundo grado: abuelos, nietos y hermanos y cuñados.
  • Tercer grado: tíos, sobrinos, bisabuelos y bisnietos.
  • Cuarto grado: Primos hermanos y tíos abuelos.

Esto viene determinado en el artículo 915 del Código Civil, en el que se dice “La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones. Cada generación forma un grado.”

¿Y por fallecimiento de padrastro, hijastro?

Este tema es más complejo al no estar reflejado al 100% en el Estatuto y no haber relación de consanguinidad. Pero una sentencia de la Audiencia Nacional de 2015 sentó las bases para que este permiso también se pueda disfrutar por acontecimientos relacionados con hijastros o padrastros.
En ella se determinó que al casarse se crea una relación de parentesco entre los cónyuges, con lo que se ampliaba la relación de consanguinidad a los parientes de la pareja.

¿Y sin estar casado? Permiso retribuido para parejas de hecho

Por ley, esta situación aún no queda regulada, se podría decir que no se ha “modernizado” tanto el Estatuto de los Trabajadores. Las parejas de hecho aún no están contempladas y no pueden disfrutar de ningún tipo de permiso retribuido, sólo las situaciones de matrimonio están reflejadas.
Solo aplica para matrimonios, a menos que el convenio colectivo especifique lo contrario..

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Otras razones para el permiso retribuido

En la siguiente tabla puedes ver otros casos en los que se conceden permisos retribuidos en España:

Motivo Permiso retribuido
Matrimonio 15 días
Nacimiento hijo 2 días (4 con desplazamiento)
Hospitalización de familiar 2 días (4 con desplazamiento)
Mudanza 1 día
Deberes inexcusables de carácter público y personal (votar, visita médico, citación judicial, ser mesa electoral…) Sin límites
Funciones sindicales Sin límites
Nacimiento prematuro 1 hora
Formación (trabajadores con más de 1 año de antigüedad) 20 horas anuales
Asistencia a exámenes Sin límites

Seguro decesos y permiso retribuido

El fallecimiento de un familiar implica trámites burocráticos que pueden ser complicados en un momento de duelo.

Un seguro de decesos puede ayudar a:

  • Gestionar la inscripción de la defunción en el Registro Civil
  • Asesorar en la tramitación de pensiones y herencias
  • Cubrir los gastos del sepelio y el funeral
Puedes contactar con nuestros asesores de decesos aquí.