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Esta es una pregunta cada vez más común. Muchas personas se preguntan quién paga las deudas de una persona fallecida en España y si es posible aceptar una herencia sin cargas. Es decir, ¿se heredan las deudas de los padres o del cónyuge?
La realidad es que cuando se recibe una herencia, también se reciben las deudas pendientes, ya que forman parte del mismo lote. Por tanto, al aceptar la herencia, los herederos asumen tanto los bienes como las obligaciones financieras del fallecido.
Es posible que el fallecido no haya dejado testamento, bien por falta de tiempo o porque no consideró necesario redactarlo. En este caso, se aplicará la sucesión intestada, estableciendo quién debe heredar según el Código Civil español:
Los herederos tienen la opción de tomar la decisión de aceptar o rechazar la herencia. Es crucial evaluar si las deudas heredadas superan el valor de los bienes, ya que esto podría afectar gravemente la economía del heredero.
También existe la opción de aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que permite saldar las deudas utilizando únicamente el patrimonio del fallecido, sin comprometer el patrimonio personal del heredero.
Es importante tener en cuenta que los herederos disponen de 6 meses para aceptar o rechazar la herencia a partir del certificado de defunción. Si no se manifiestan en ese plazo, la ley considera que se ha aceptado tácitamente.
Muchas personas se preguntan: me reclaman una deuda de mi padre fallecido, ¿qué hago?
El artículo 659 del Código Civil establece que:
«La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte.»
Por lo tanto, las deudas no desaparecen con el fallecimiento. Los acreedores pueden reclamarlas, y los herederos deben cubrirlas con los bienes heredados o, si aceptan la herencia sin beneficio de inventario, incluso con su propio patrimonio.
Las deudas no prescriben automáticamente tras el fallecimiento del deudor. Sin embargo, los plazos para su reclamación son los siguientes:
Es importante señalar que estas deudas difícilmente prescriben, ya que los acreedores suelen estar atentos para reclamar lo que se les debe.
Otra pregunta frecuente es: ¿Y si heredo estando embargado? La respuesta es sí. Sin embargo, hay que considerar que Hacienda o los acreedores pueden cobrar la deuda del heredero utilizando los bienes heredados. Incluso, los acreedores tienen el derecho de aceptar la herencia en nombre del heredero para asegurarse el cobro, según el artículo 1001 del Código Civil:
Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus propios acreedores, podrán éstos pedir al Juez que los autorice para aceptarla en nombre de aquél. La aceptación sólo aprovechará a los acreedores en cuanto baste a cubrir el importe de sus créditos.
Aunque esté menos regulada, si había algún tipo de acuerdo y se le debe dinero a una persona fallecida, la deuda no se extingue, habría que pagársela a los herederos del fallecido. Estos herederos tendrán derecho a reclamar la cantidad adeudada como parte del patrimonio del difunto.
Un seguro de decesos te puede ayudar a la gestión de la herencia. Tus herederos contarán con un asesoramiento total para el reparto y la aceptación o el rechazo de la herencia. Porque estas pólizas, además de cubrir los gastos del sepelio, facilitan los trámites post fallecimiento.
En caso de que fallezca un familiar con deudas, es fundamental analizar si merece la pena aceptar la herencia. Optar por el beneficio de inventario puede proteger el patrimonio personal del heredero. En cualquier caso, es recomendable consultar con un abogado especializado para recibir asesoramiento adecuado y evitar problemas financieros futuros.